Anulan elección del edil José Aurelio González Daza en Suba por inhabilidad contractual

Anulan elección del edil José Aurelio González Daza en Suba por inhabilidad contractual

La elección de José Aurelio González Daza como edil de la localidad de Suba fue anulada tras una decisión judicial que encontró que su candidatura se vio afectada por una inhabilidad. La medida se hará efectiva con la ejecutoria de la sentencia.

La acción judicial fue interpuesta por la ciudadana Diana Carolina Castillo Mosquera, a través de apoderado, mediante el medio de control previsto en el artículo 139 de la Ley 1437 de 2011. Su demanda buscaba la nulidad del acto que declaró la elección de González Daza, contenida en el Formulario E-26 JAL del 6 de noviembre de 2023.

Inhabilidad comprobada

González Daza, elegido edil de Suba por el Partido Liberal para el periodo 2024-2027, era representante legal de la Junta de Acción Comunal del barrio La Gaitana al momento de su inscripción como candidato. En esta condición, firmó el contrato de comodato 511 del 1° de junio de 2023 con el Fondo de Desarrollo Local de Suba, un acuerdo que aún estaba vigente al momento de la demanda.

De acuerdo con la normatividad vigente, específicamente el numeral 4 del artículo 66 del Decreto 1421 de 1993, se establece que un ciudadano no puede inscribirse como candidato si ha celebrado contratos con entidades distritales en los tres meses previos a su inscripción. En este caso, González Daza registró su candidatura el 29 de julio de 2023, apenas un mes y 28 días después de la firma del contrato, configurando la inhabilidad.

Impacto en las elecciones

Según la demanda, esta situación generó una ventaja electoral para González Daza, ya que la obtención de bienes de uso público y su posición en la Junta de Acción Comunal pudieron influir en los electores de la localidad.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en una primera instancia, había negado la demanda. Sin embargo, la nueva decisión revoca dicho fallo y declara la nulidad de la elección. Además, se advierte a los sujetos procesales que contra lo resuelto no procede ningún recurso.

Con esta determinación, se ordena la cancelación de la credencial de edil de José Aurelio González Daza, una vez la sentencia quede en firme.

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By Wilson Castiblanco

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