Beneficios incluyen comparendos de la Secretaría de Movilidad, sanciones impuestas por todas las secretarías y cuentas por cobrar de los establecimientos públicos del Distrito.
El Concejo de Bogotá debatió y aprobó el pasado miércoles 27 de marzo en Plenaria el Proyecto que establece condiciones especiales de pago y reduce hasta en un 70 % los intereses causados en deudas no tributarias.
Así, la ciudad espera recuperar alrededor de 21.000 millones de pesos provenientes de las deudas que estaban en mora.
El plazo máximo para acceder a este beneficio es el 31 de octubre de 2019 y los descuentos se aplicarán de la siguiente manera:
70 % de los intereses causados, a las personas que paguen el total del capital adeudado por cada obligación antes del 31 de julio y 50 % a quienes lo hagan a más tardar el 31 de octubre.
Los ciudadanos que tengan demandadas las obligaciones podrán acceder al beneficio, siempre y cuando desistan de todas las pretensiones de la demanda.
No podrán acogerse a este beneficio quienes tengan multas por incumplimientos contractuales, ni deudores que hayan sido sancionados por conducir bajo los efectos del alcohol o de sustancias psicoactivas.
Tampoco podrán acogerse los prestadores de servicios de salud y establecimientos al público que hayan sido objeto de las siguientes medidas sanitarias: clausura temporal o parcial del establecimiento; cierre temporal o definitivo del establecimiento; suspensión parcial o total de trabajos o servicios; decomiso de objetos y productos y destrucción o desnaturalización de artículos.