Caja de Vivienda Popular Lanza Iniciativa para Legalizar Edificaciones en Suba

Caja de Vivienda Popular Lanza Iniciativa para Legalizar Edificaciones en Suba

La Caja de Vivienda Popular (CVP) ha puesto en marcha un programa para el reconocimiento legal de edificaciones existentes en la localidad de Suba, con el objetivo de brindar seguridad jurídica y acceso a servicios básicos a los propietarios de viviendas que carecen de licencia de construcción.

El pasado domingo 2 de marzo, en el Salón Comunal del Barrio San Pedro de Tibabuyes Universal, el arquitecto Germán Venegas Avellaneda, de la Curaduría Pública Social de la CVP, explicó los detalles de esta iniciativa a la comunidad. Según el funcionario, este programa permitirá a los propietarios obtener la licencia de construcción de sus viviendas, lo que les facilitará el acceso a servicios públicos, la posibilidad de hipotecar sus inmuebles y la venta de los mismos sin inconvenientes legales.

Requisitos para Acceder al Programa

Para ser beneficiario de este programa, las viviendas deben cumplir con los siguientes requisitos:

1. Aunque la construcción exista en terreno y figure inscrita en la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, en términos jurídicos simplemente se trata de la compra de un lote, ya que en la matrícula inmobiliaria no consta la edificación.

2. Si más adelante quieres vender el inmueble, no puede adquirirlo ningún comprador con crédito hipotecario para la vivienda, puesto que en los títulos solamente figura como lote.

3. Para hacer cualquier tipo de remodelación que requiera licencia de construcción, no podrá realizarla hasta tanto no tramitar el reconocimiento de la edificación.

4. Si necesitas que la construcción conste en el certificado de libertad y tradición, deberás realizar un trámite que se denomina reconocimiento de la edificación.

5. Para poder legalizar la edificación existente en el lote de terreno, con la Curaduría Pública Social no deberás acarrear con ningún costo del trámite de reconocimiento de la edificación.

6. Que el avalúo catastral de la Vivienda de Interés Social no supere los 150 salarios mínimos.

7. Que la vivienda se haya construido sin licencia.

8. Que la vivienda NO se encuentre en una pendiente natural mayor a 30°; y que su construcción haya sido culminada 5 años antes a la entrada en vigencia de la ley 1848 de 2017. Que la vivienda NO se encuentre en una pendiente natural mayor a 30°; y que su construcción haya sido culminada 5 años antes a la entrada en vigencia de la ley 1848 de 2017.

9. Si la vivienda es mayor a dos (2) pisos, necesitará de insumos adicionales (Estudio de suelos estructural, y estudios suministrados por el beneficiario).

Próximas Reuniones Informativas

Con el fin de difundir este programa, la CVP llevará a cabo las siguientes reuniones informativas en Suba:

  • 9 de marzo: Salón Comunal de Lisboa, barrio Lisboa y Villa Gloria.
  • 16 de marzo: Salón Comunal de Miramar, barrios Miramar, Nogales, El Cedro, Nogales 1 y 2.
  • 23 de marzo: Salón Comunal barrio Bilbao, calle 143B con carrera 147A.

Marco Legal

Este programa se enmarca en el Decreto 555 de 2021, que establece la Curaduría Pública Social como un mecanismo de gestión para la legalización urbanística de viviendas de interés social en asentamientos objeto de legalización, sin costo para los solicitantes. El procedimiento se llevará a cabo de acuerdo con el Artículo 590 del Decreto 265.

La CVP resalta que el trámite de reconocimiento de la edificación a través de la Curaduría Pública Social es completamente gratuito.

By Wilson Castiblanco

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