En el marco de la reglamentación del Plan de Ordenamiento Territorial Bogotá Reverdece 2022-2035 el trámite para solicitud de licencias de intervención del espacio público no será resuelto por la Secretaría Distrital de Planeación.
Desde el 31 de marzo esta solicitud se está tramitando con las entidades competentes de acuerdo a su especialidad.
El espacio público puede ser intervenido por particulares a través del trámite de licencia de intervención y ocupación del espacio público.
Al respecto, el Decreto 1077 de 2015, define esta clase de licencia urbanística como, “(…) la autorización previa para ocupar o para intervenir bienes de uso público incluidos en el espacio público, de conformidad con las normas urbanísticas adoptadas en el Plan de Ordenamiento Territorial, en los instrumentos que lo desarrollen y complementen y demás normatividad vigente. (…)”.
Este trámite venía siendo adelantado por la Secretaría Distrital de Planeación, no obstante, se informa que el pasado 29 de diciembre fue expedido el Decreto 555 de 2021 por medio del cual se adopta el nuevo Plan de Ordenamiento Territorial Bogotá Reverdece 2022 – 2035, y en su artículo 145 establece que la competencia para la expedición de Licencias de Intervención y Ocupación del Espacio Público cambia a partir de los tres meses siguientes a su expedición. Por lo tanto, la competencia para el trámite de esas licencias será asumida a partir del 31 de marzo de 2022 por las siguientes entidades:
Instituto Distrital de Patrimonio, Instituto Distrital para las Artes – IDARTES, Instituto de Desarrollo Urbano, e Instituto Distrital de Recreación y Deporte.
Redacción: Germán René Jiménez-Suba Alternativa