El Departamento Administrativo de la Función Pública recuerda a las entidades estatales de la rama ejecutiva de orden nacional y territorial, rama legislativa, rama judicial, organización electoral, órganos autónomos y de control del Distrito Capital de Bogotá, que tienen hasta el 28 de octubre del presente año para diligenciar el reporte de Ley de Cuotas, y lo pueden hacer a través del aplicativo que pueden encontrar en este enlace.
En este formulario los representantes legales de los organismos y entidades del Estado deben diligenciar toda la información relacionada con la provisión de cargos y el porcentaje de participación de las mujeres en el máximo nivel decisorio y en otros niveles decisorios, con fecha de corte al 27 de septiembre de 2022.
En el programa de Gobierno 2022-2026 del presidente Gustavo Petro denominado “Colombia potencia mundial de la vida”, en el apartado ¡El cambio es con las mujeres!, se estableció que “(…) Transitar a una democracia profunda requerirá la representación real de la mitad de la población colombiana. Las mujeres ocuparán, al menos, el 50% de todos los cargos públicos en todos los niveles y las ramas del poder, que permitan potenciar la toma de decisiones en favor del cambio (…)”.
Actualmente la Ley 581 de 2000, también llamada Ley de Cuotas, establece que mínimo el 30% de los cargos de máximo nivel decisorio y de otros niveles decisorios serán desempeñados por mujeres y para ello se deben tener en cuenta los conceptos referentes a las características de los cargos que deben reportarse en los niveles mencionados.
El máximo nivel decisorio corresponde a quienes ejercen los cargos de mayor jerarquía en las entidades de las tres ramas y órganos del poder público, en los niveles nacional, departamental, regional, provincial, distrital y municipal.
Los otros niveles decisorios hacen referencia a los cargos de libre nombramiento y remoción, de la rama ejecutiva, del personal administrativo de la rama legislativa y de los demás órganos del poder público, diferentes a los contemplados en el artículo anterior y que tengan atribuciones de dirección y mando en la formulación, planeación, coordinación, ejecución y control de las acciones y políticas del Estado, en los niveles nacional, departamental, regional, provincial, distrital y municipal, incluidos los cargos de libre nombramiento y remoción de la rama judicial.
Función Pública hace una invitación para que cada vez se vinculen a más mujeres en los cargos públicos, con el fin de aumentar su efectiva participación en el sector público y con ello contribuir a la igualdad de oportunidades de liderazgo en todos los niveles decisorios de la vida política, económica y pública.
Fuente: Función Pública