Abiertas las inscripciones para conformar el Consejo Local de Propiedad Horizontal 2018 en Suba

EÚltimos días para inscripciones del Consejo Local de Propiedad Horizontal 2018 en Suba

El Alcalde Local de Suba, Nedil Arnulfo Santiago se permite convocar a las Asambleas de Copropietarios o Consejos de Administración para que designen un representante por cada uno de los Conjuntos o Unidades Residenciales sometidos al régimen de propiedad horizontal, que se encuentren registrados en esta Alcaldía Local, con el fin de que participen en el proceso de elección de representantes al Consejo Local de Propiedad Horizontal del año 2018 que se elegirá por cada UPZ, creado mediante Acuerdo Local N° 004 de 2006, y reglamentado por los Decretos Locales N° 002 de 2007,001 de 2009,003 de 2011 y modificado por el Decreto Local 006 de 2013.

Igualmente convoca a las Asambleas de Copropietarios o Consejos de Administración de cada uno de los Centros Comerciales y otros tipos de Desarrollos Urbanísticos no residenciales, sometidos al régimen de propiedad horizontal, que se encuentren registrados en esta Alcaldía, a designar un representante para que participen en el proceso de elección del Consejo Local de Propiedad Horizontal el próximo 30 de septiembre de 2018, creado mediante de Acuerdo Local N° 004 de 2006 y reglamentado por Decreto Local 006 de 2013.

Para el proceso de inscripción, la Alcaldía Local abrió las inscripciones este 1 de agosto desde a las 8:00. am. y se cerrará el 31 de agosto de 2018 a las 4 de la tarde en la Oficina de Participación.

Invitación Alcaldía Local de Suba

Se podrán inscribir aquellas personas que anexen fotocopia del documento de identidad y acta de nombramiento para este proceso de elección, en los términos establecidos en el Parágrafo Tercero del Artículo 4 del Decreto Reglamentario N° 006 de 2013.

Los candidatos interesados en postularse, las inscripciones cerrarán el viernes 31 de agosto de 2018. La Administración Local hace las siguientes recomendaciones:

1.Ser mayor de edad
2.Hoja de vida, en formato minerva, acompañada de sus antecedentes judiciales y disciplinarios: Policía Metropolitana de Bogotá, Personería de Bogotá, Procuraduría General de la Nación, Contraloría General de la República)
3.Certificación de residencia emitida por la Alcaldía Local
4.Acta emitida por la Asamblea General o el Consejo de Administración, en la que conste la facultad de inscribirse como aspirante a ser consejero local de propiedad horizontal.
5. Carta de aceptación de la postulación
6.Certificado de Existencia y Representación Legal emitido por la Alcaldía Local, de la copropiedad que lo avala.

Los antecedentes a que se refiere el numeral 2 serán expedidos y verificados por el funcionario designado por la Alcaldía Local para la inscripción y registro de candidatos.

El candidato, para cumplir con este requisito, presentará una carta ante el Consejo de Administración o la Asamblea General en donde solicite su aprobación a la inscripción, autoridades que manifestarán la aceptación por medio escrito sin la exigencia de ningún requisito adicional.

 

By Wilson Castiblanco

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