Lineamientos para obtener permisos temporales de alquiler de bicicletas y patinetas en Bogotá.
Teniendo en cuenta el estado de calamidad pública declarado por la pandemia del Covid –19, la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) emitió la Circular No. 13 de 2020 que le permite a las empresas interesadas en impulsar la micromovilidad en la ciudad obtener un permiso temporal para el alquiler de bicicletas o patinetas eléctricas.
El proceso para recibir la autorización es el siguiente:
- La empresa interesada debe solicitar el permiso temporal a la SDM mediante un formato establecido. En la solicitud debe indicar las especificaciones y el número de vehículos a utilizar.
- La empresa interesada debe enviar los requisitos solicitados a la SDM.
- Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos, la SDM expedirá un acto administrativo con la autorización temporal para el alquiler de vehículos de micromovilidad: patinetas o bicicletas.
Los requisitos para obtener el permiso son:
- Póliza de seguros para usuarios y terceras personas: que cubra los perjuicios patrimoniales y extrapatrimoniales que se causen tanto a terceras personas como a usuarios durante el periodo del permiso.
- Cumplimiento del estándar MDS (Mobility Data Specification) para intercambio de información: protocolo utilizado en múltiples ciudades del mundo en donde las empresas y las entidades gubernamentales comparten información de los vehículos y los viajes para realizar el seguimiento a la operación de estos servicios y generar insumos de planificación para las ciudades.En caso de que la empresa interesada en obtener la autorización no cuente con el desarrollo tecnológico requerido (MDS), ni en Bogotá ni en otra ciudad, se le concederá un plazo de 45 días calendario para cumplir con este requisito.
- Protocolo de bioseguridad: presentar un protocolo de bioseguridad dando cumplimiento a lo establecido por el Gobierno Nacional y la Administración Distrital, haciendo especial énfasis en las actividades de desinfección de los vehículos.
Los lineamientos a tener en cuenta para la prestación del servicio son:
- Todos los vehículos de micromovilidad deberán contar como mínimo con freno, timbre, luz blanca delantera, luz roja trasera, pie de apoyo, dispositivo para su geolocalización (GPS) y número único de identificación visible.
- Las empresas deberán proporcionar a sus clientes información sobre el uso adecuado y seguro de los vehículos de micromovilidad.
- El estacionamiento de estos vehículos se podrá realizar únicamente en vías locales o intermedias sobre las que no circule transporte público, ubicándolos sobre la calzada y en fila única, uno detrás de otro, a no más de 30 cm del bordillo o andén. No se debe estacionar en vías en las que haya señales de prohibido parquear, tampoco sobre andenes, antejardines, parques y plazas o frente a entradas y salidas vehiculares, accesos a predios, rampas peatonales, paraderos escolares, hidrantes, hospitales, bancos, embajadas o instituciones militares. Los lineamientos de estacionamientos deben ser tenidos en cuenta por las empresas a la hora de realizar su operación.
Los permisos otorgados en el marco de la circular No. 13 de 2020 tendrán vigencia únicamente durante el estado de calamidad pública declarado por el Distrito con ocasión de la pandemia de Coronavirus COVID-19.
¿Por dónde pueden circular los vehículos de micromovilidad?
- Transitar por la red de ciclorrutas
- Circular por la calzada en aquellos casos en los que no existe ciclorruta en vía o fuera de vía
- No transitar por andenes
- No interrumpir la circulación de peatones y/o personas con movilidad reducida en cruces o intersecciones
- Respetar la prevalencia del peatón y de las personas en condición de discapacidad en el tránsito y el uso del espacio público con respecto a otros modos de transporte y otros usos
Recomendaciones para el uso seguro de vehículos de micromovilidad:
- Seguir los protocolos de bioseguirdad y autocuidado establecidos por el prestador del servicio y la Alcaldía Distrital
- Transitar a una velocidad máxima de 20 km/h
- Utilizar el casco y asegurarse que esté correctamente ajustado.
- No manipular dispositivos móviles, audífonos o cualquier otro elemento que pueda restarle capacidad de respuesta antes cualquier novedad en la vía.
- Evitar transportar paquetes u objetos que dificulten las maniobras o reduzcan la visibilidad durante la circulación
- En horas de baja visibilidad, utilizar elementos reflectivos sobre el vehículo y la ropa de manera frontal, lateral y posterior que les permita hacerse visibles ante los demás usuarios viales
- No utilizar estos vehículos en estado de embriaguez, bajo los efectos de sustancias psicoactivas o en caso de sentirse con las capacidades físicas o mentales disminuidas
- Para el caso de usuarios novatos, realizar al menos un recorrido de prueba en una zona de poco tránsito antes de iniciar el primer recorrido con el fin de conocer y adaptarse a este tipo de vehículo
- No hacer saltos o maniobras imprudentes y usar siempre las dos manos mientras se conduce
- Conocer y respetar la señalización vial y demás normas de tránsito
- Respetar siempre la prioridad de peatones y personas en condición de movilidad reducida
- Viajar una persona por vehículo