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Elecciones 2026 en Colombia: cuándo inicia la ley seca y cuánto deberá pagar quien la incumpla

Elecciones 2026 en Colombia cuándo inicia la ley seca y cuánto deberá pagar quien la incumpla

En Colombia, el próximo domingo 31 de mayo se llevará a cabo una nueva jornada electoral en la que millones de ciudadanos acudirán a las urnas para elegir al nuevo presidente y vicepresidente de la República para el periodo 2026-2030.

Con el objetivo de garantizar el orden público y el normal desarrollo de las votaciones, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio del Interior, expidió el decreto 0188 del 27 de febrero de 2026, el cual establece una serie de restricciones que regirán durante el fin de semana electoral.

Entre las principales medidas contempladas en la normativa se encuentra la aplicación de la ley seca, así como el cierre de fronteras terrestres y fluviales, restricciones en materia de transporte y la prohibición de divulgar encuestas de carácter político durante los días previos y la jornada electoral.

¿Cuándo empieza la ley seca para las elecciones 2026?

Según lo establecido en el decreto, la ley seca comenzará a las 6:00 de la tarde del sábado 30 de mayo y se extenderá hasta las 12:00 del mediodía del lunes 1 de junio de 2026.

Durante ese periodo quedará totalmente prohibida la venta y el consumo de bebidas embriagantes tanto en establecimientos comerciales como en espacios públicos en todo el territorio nacional.

La medida busca prevenir alteraciones del orden público y garantizar que la jornada electoral se desarrolle de manera pacífica y segura. Además, el decreto establece que alcaldes y gobernadores podrán ampliar los horarios de la restricción si consideran que las condiciones de seguridad así lo requieren.

¿Cuál es la multa por incumplir la ley seca?

De acuerdo con lo estipulado en el Código Nacional de Policía y Convivencia, las personas que incumplan la ley seca durante las elecciones presidenciales podrán ser sancionadas con multas que van desde 4 hasta 32 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV).

Esto equivale aproximadamente a sanciones económicas entre $233.454 y $1.867.632, dependiendo de la gravedad de la infracción y de las medidas adicionales que adopten las autoridades locales en cada municipio o ciudad del país.

Las autoridades también podrán realizar el cierre temporal de establecimientos que desacaten la normativa durante la jornada electoral.

¿Se puede hacer propaganda política el día de las elecciones?

No. La legislación colombiana prohíbe la exhibición de propaganda política durante los días electorales. Esto incluye carteles, afiches, pasacalles, vallas y cualquier otro tipo de publicidad relacionada con campañas políticas.

En caso de incumplimiento, las autoridades podrán imponer sanciones y proceder con el decomiso inmediato del material publicitario por parte de la Policía Nacional.

Sin embargo, la norma sí permite que los ciudadanos lleven consigo un elemento de ayuda personal de máximo 10 centímetros por 5,5 centímetros, con el fin de identificar fácilmente el candidato o partido político de su preferencia al momento de votar.

By Wilson Castiblanco

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