La alcaldesa de Bogotá, Claudia López, anunció su preocupación debido al alto número de contagios de COVID-19, por el que hay una ocupación de camas UCI por debajo del 70 %, el ministro de salud confirmó que las medidas dictadas por la mandataria eran necesarias.
Pico y cédula en Bogotá a partir de este martes 6 de abril
Con el nuevo decreto 135, la Alcaldía mayor de Bogotá informó que en la capital del país volverá a regir la medida de pico y cédula desde el 6 hasta el 19 de abril; esto ayudaría a reducir las aglomeraciones y el contacto entre los ciudadanos.
En el siguiente cuadro podrá ver quiénes sí y quiénes no podrán acudir a establecimientos comerciales y bancos:
Si pueden salir: Cédulas terminadas en 1-3-5-7-9 – No pueden salir: Cédulas terminadas en 0-2-4-6-8
Cabe recordar que a los locales comerciales solo podrá acudir un miembro de la familia para poder hacer las compras de primera necesidad. La restricción no regirá en hoteles, restaurantes, gastrobares, farmacias y servicios funerarios.
¿Cómo será la cuarentena en Bogotá?
Como indica el documento emitido por la Alcaldía, los capitalinos deberán acatar la medida “4/3”, que consiste en tener 4 días de normalidad, que van desde el 6 hasta el 9 de abril; en estas fechas las personas podrán movilizarse sin problema.
Sin embargo, habrá 3 días, desde el 10 al 12 de abril, en los que las personas deberán volver a vivir una cuarentena general obligatoria; solo podrán circular trabajadores que desempeñen labores vitales, como se menciona en el artículo 2 del decreto.
Escucha el anuncio de Claudia López alcaldesa de Bogotá y sus nuevas medidas en Bogotá:
¿Cómo funciona el Pico y Cédula en Bogotá?
- Los días impares, ciudadanos con cédulas terminadas en 1,3,5,7 y 9 no pueden acceder a establecimientos tales como:
- Supermercados.
- Donde se ofrezcan servicios bancarios, financieros y notariales.
- Entidades públicas.
- Establecimientos de venta y pago de bienes y servicios.
- De compra de cualquier producto al detal y por mayor.
2. Los días pares, ciudadanos con cédulas terminadas en 0,2,4,6 y 8 no pueden acceder a establecimientos tales como:
- Supermercados.
- Donde se ofrezcan servicios bancarios, financieros y notariales.
- Entidades públicas.
- Establecimientos de venta y pago de bienes y servicios.
- De compra de cualquier producto al detal y por mayor.
Ten en cuenta que esta restricción no aplica para:
- Centros de salud, farmacias y puntos de vacunación