La Alcaldía de Bogotá puso en marcha el Decreto 117 de 2026, una normativa que busca ordenar las ventas informales y fortalecer la recuperación del espacio público en la ciudad, priorizando la seguridad, la movilidad y la salubridad.
La medida establece límites claros para el uso del espacio público por parte de vendedores informales, con el fin de garantizar la convivencia ciudadana y evitar riesgos. Entre las principales disposiciones, se prohíbe el uso de cilindros de gas y materiales inflamables en la vía pública, así como la realización de actividades como tatuajes, piercings o servicios de barbería sin cumplir las condiciones sanitarias exigidas.
Asimismo, el decreto fija restricciones en zonas clave: no se permitirá la instalación de ventas cerca de hidrantes, rutas de evacuación, puentes peatonales ni accesos al Sistema Integrado de Transporte Público, con el objetivo de mantener despejadas las áreas de emergencia y alto flujo de personas.
El Distrito también reiteró la prohibición de comercializar pólvora, sustancias peligrosas o elementos ilícitos en el espacio público.
Como parte del proceso, las autoridades garantizarán alternativas para los vendedores informales a través del Instituto para la Economía Social (IPES), que ofrecerá opciones como reubicación, capacitación y acceso a programas de emprendimiento y empleo.
Con esta medida, la Administración Distrital busca avanzar en la organización del espacio público, mejorar las condiciones para la ciudadanía y brindar oportunidades formales a quienes dependen de la economía popular.















