Instituciones educativas oficiales y privadas en Colombia no pueden prohibir a sus estudiantes tener novio
En las instituciones educativas del país no podrán ser prohibidas en el manual de convivencia los noviazgos ni las manifestaciones de afecto, según indicó la Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional este martes 10 de marzo. El alto tribunal afirma que no permitir estas expresiones vulnera los derechos al libre desarrollo de la personalidad e intimidad de los estudiantes. El alto tribunal estudio el caso de una menor de edad a la que la rectora de su colegio le dijo que podía ser sancionada pues tenía un noviazgo con otro menor de la institución. Ante esto, la Corte declaró que…