El Congreso de la República aprobó la prórroga de la Ley 418 de 1997, conocida como Ley de Orden Público, con modificaciones que transforman el modelo de negociación con grupos armados y organizaciones criminales. La nueva normativa, que será sancionada por el presidente Abelardo De La Espriella, establece un enfoque centrado en el sometimiento a la justicia y el fortalecimiento de las operaciones de la Fuerza Pública.
Entre los principales cambios se contempla el fin de las mesas de diálogo con estructuras criminales, la eliminación de los gestores de paz y la pérdida del reconocimiento político para estos grupos. Además, la norma establece que no habrá suspensión de órdenes de captura ni de extradición, tampoco interrupción de las operaciones militares como parte de eventuales acercamientos.
La legislación también endurece las condiciones para acceder a beneficios judiciales. En los casos relacionados con lavado de activos, el tiempo de privación efectiva de la libertad exigido para acceder al beneficio correspondiente pasaría de uno a seis años. Asimismo, se excluye del tratamiento penal diferenciado a quienes hayan sido condenados por reclutar menores de edad o sean responsables de vincular niños, niñas y adolescentes a estructuras criminales.
La aprobación de esta reforma representa un cambio significativo en la política de seguridad y orden público del país, al establecer dos alternativas frente a las organizaciones ilegales: el sometimiento a la justicia o la acción de la Fuerza Pública. Su implementación marcará una nueva etapa en la estrategia del Estado para enfrentar a los grupos criminales y combatir sus actividades delictivas.












